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Los que promuevan o favorezcan por cualquier medio la inmigración clandestina de trabajadores a España; el delito también se castigará en estos casos con la pena de prisión de 6 meses a 3 años y multa de 6 a 12 meses.


Los que fingiendo la existencia de un contrato o de un empleo o algún método semejante, determinen o favorezcan la emigración de alguna persona a otro país, serán castigados con la pena de prisión de 6 meses a 3 años y multa de 6 a 12 meses.


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